El Juzgado Federal N°2 de Mendoza ha suspendido los artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 que permitían la venta de medicamentos sin receta fuera de las farmacias. La medida es de aplicación nacional y fue tomada en respuesta a un recurso de amparo presentado por el Colegio de Farmacéuticos de Mendoza.
La decisión judicial anula la disposición del DNU 70/2023, firmado en diciembre por el presidente Javier Milei, que autorizaba la venta de medicamentos de “expendio libre” en kioscos y otros establecimientos no especializados. Esta medida había generado controversia entre los profesionales del sector farmacéutico, quienes argumentaban que la desregulación ponía en riesgo la salud pública y afectaba sus condiciones laborales.

Con esta resolución, se restablece la plena vigencia del artículo 1 de la Ley 17.565 de 1967, que restringe la venta de medicamentos exclusivamente a farmacias, asegurando que la dispensación de fármacos esté siempre supervisada por un profesional matriculado. Esta medida se suma a una serie de acciones legales impulsadas por sindicatos y asociaciones de farmacéuticos en defensa de sus derechos laborales y la calidad del servicio sanitario.
Mario Valestra, presidente del Colegio de Farmacéuticos de Mendoza, celebró la decisión judicial y subrayó la importancia de mantener la venta de medicamentos en un ámbito controlado por profesionales. «No debe haber venta en otro ámbito en el que no haya un responsable farmacéutico detrás», afirmó Valestra a Infobae.
La Justicia Federal de Mendoza también se pronunció en línea con un fallo anterior de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que había suspendido tres artículos del DNU 70/2023 relacionados con la actividad farmacéutica. Este fallo reiteraba la necesidad de contar con un profesional farmacéutico disponible durante todo el horario de atención en las farmacias.
El recurso presentado por el Colegio de Farmacéuticos de Mendoza argumentaba que la normativa del DNU era inconstitucional en lo que respecta al ejercicio profesional del farmacéutico. La provincia de Mendoza, además, tiene su propia legislación que regula la profesión y que no se vería afectada por las modificaciones propuestas a la Ley de Farmacias 17.565.
La suspensión de estos artículos del DNU 70/2023 representa una victoria significativa para los farmacéuticos, quienes habían expresado su preocupación por la seguridad y la calidad del servicio farmacéutico en caso de permitirse la venta de medicamentos en establecimientos no especializados.






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